Funciones
I. Proyectar y coordinar
la planeación nacional del desarrollo y elaborar, con la participación de los
grupos sociales interesados, el Plan Nacional correspondiente;
II. Proyectar y calcular
los ingresos de la Federación, del Departamento del Distrito Federal y de las
entidades paraestatales, considerando las necesidades del gasto público
federal, la utilización razonable del crédito público y la sanidad financiera
de la Administración Pública Federal; III. Estudiar y formular los proyectos de
leyes y disposiciones fiscales y de las leyes de ingresos de la Federación y
del Departamento del Distrito Federal;
IV. (Derogada D.O.F.
23-XII-1993);
V. Manejar la deuda
pública de la Federación y del Departamento del Distrito Federal;
VI. Realizar o autorizar
todas las operaciones en que se haga uso del crédito público;
VII. Planear, coordinar,
evaluar y vigilar el sistema bancario del país que comprende al Banco Central,
a la Banca Nacional de Desarrollo y las demás instituciones encargadas de
prestar el servicio de banca y crédito; (Reformada D.O.F. 23-XII-1993);
VIII. Ejercer las
atribuciones que le señalen las leyes en materia de seguros, fianzas, valores y
de organizaciones y actividades auxiliares del crédito;
IX. Determinar los
criterios y montos globales de los estímulos fiscales, escuchando para ello a
las dependencias responsables de los sectores correspondientes y administrar su
aplicación en los casos en que no competa a otra Secretaría; X. Establecer y
revisar los precios y tarifas de los bienes y servicios de la Administración
Pública Federal, o bien, las bases para fijarlos, escuchando a la Secretaría de
Economía y con la participación de las dependencias que corresponda;
IX. Cobrar los
impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos
federales en los términos de las leyes aplicables y vigilar y asegurar el
cumplimiento de las disposiciones fiscales; XII. Organizar y dirigir los
servicios aduanales y de inspección, así como la Unidad de Apoyo para la
Inspección Fiscal y Aduanera; (Reformada D.O.F. 4-I-1999);
XIII. Representar el
interés de la Federación en controversias fiscales;
XIV. Proyectar y
calcular los egresos del Gobierno Federal y de la Administración Pública
Paraestatal, haciéndolos compatibles con la disponibilidad de recursos y en
atención a las necesidades y políticas del desarrollo nacional;
XV. Formular el programa
del gasto público federal y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la
Federación y presentarlos, junto con el del Departamento del Distrito Federal,
a la consideración del Presidente de la República; XVI. Evaluar y autorizar los
programas de inversión pública de las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal;
XVII. Llevar a cabo las
tramitaciones y registros que requiera la vigilancia y evaluación del ejercicio
del gasto público federal y de los presupuestos de egresos;
XVIII. Formular la
Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal;
XIX. Coordinar y
desarrollar los servicios nacionales de estadística y de información geográfica
así como establecer las normas y procedimientos para su organización,
funcionamiento y coordinación; (Reformada D.O.F. 10-IV-2003);
XX. Fijar los
lineamientos que se deben seguir en la elaboración de la documentación
necesaria para la formulación del Informe Presidencial e integrar dicha
documentación;
XXI. Opinar, previamente
a su expedición, sobre los proyectos de normas y lineamientos en materia de
adquisiciones, arrendamientos y desincorporación de activos, servicios y
ejecución de obras públicas de la Administración Pública Federal; (Reformada
D.O.F. 28-XII-1994);
XXII. (Derogada D.O.F.
28-XII-1994);
XXIII. Vigilar el
cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones en materia de
planeación nacional, así como de programación, presupuestación, contabilidad y
evaluación;
XIV. Ejercer el control
presupuestal de los servicios personales y establecer normas y lineamientos en
materia de control de gasto en ese rubro, y (Reformada D.O.F. 10-IV-2003);
XV. Los demás que le
atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
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